¿Qué es una Extensión de Norma?

Las Organizaciones Interprofesionales actúan tomando acuerdos obligatorios para sus miembros, pero disponen además de un mecanismo denominado extensión de Norma, mediante el cual esos acuerdos de la Organización Interprofesional pueden hacerse obligatorios a todos los productores y operadores del sector o producto en cuestión, mediante orden del Ministerio, después de un procedimiento previsto por la Ley.

 

¿Qué base legal sustenta a la Extensión de Norma de la carne de caza de España?

La Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias establece en el artículo 8, 9 y 10 la base legal por la que se rige el procedimiento de extensión de norma.

¿En qué consiste la Extensión de Norma de la carne de caza de España?

La Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA ha acordado que tanto los comercializadores finales de la carne de caza de España como los productores aportarán a la interprofesional una cantidad de dinero.

Este dinero será utilizado en las siguientes cuestiones de interés general:

  • Llevar a cabo actuaciones que permitan mejorar el conocimiento, la eficiencia y la transparencia de los mercados, en especial mediante la puesta en común de información y estudios que resulten de interés para sus socios.
  • Desarrollar métodos e instrumentos para mejorar la calidad de los productos en todas las fases de la producción, la transformación, la comercialización y la distribución.
  • Promover programas de investigación y desarrollo que impulsen los procesos de innovación en su sector y que mejoren la incorporación de la tecnología, tanto a los procesos productivos como a la competitividad de los sectores implicados.
  • Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.
  • Promover la eficiencia en los diferentes eslabones de la cadena alimentaria mediante acciones que tengan por objetivo mejorar la eficiencia energética, reducir el impacto ambiental, gestionar de forma responsable los residuos y subproductos o reducir las pérdidas de alimentos a lo largo de la cadena.
  • Diseño y realización de acciones de formación de todos los integrantes de la cadena para garantizar la competitividad de las explotaciones agrarias, empresas y trabajadores, así como la incorporación a la cadena de jóvenes cualificados.
  • Desarrollar e implementar la formación necesaria para la mejora de la cualificación profesional y empleabilidad de los profesionales de los sectores agroalimentarios.

Mapa Extensión Norma

¿Cuándo comienza y concluye el período de recaudación?

La recaudación comenzará el 9 de febrero de 2018 y finalizará el 30 de septiembre de 2022.

La Extensión de Norma y los productores de Carne de Caza.

¿Quién está obligado a aportar a ASICCAZA?

Todos los productores de caza silvestre tanto de caza menor como de caza mayor que vendan sus producciones a un comercializador.

¿Qué cantidad tendrán que aportar los productores?

Los productores deberán aportar por especie que se destine a la comercialización las siguientes cantidades en euros a las que habrá que sumar el 21% de IVA:

PRODUCTORES

ESPECIE

Cantidad en €

ciervo

0,63

jabalí

0,26

gamo

0,31

muflón

0,06

corzo

0,35

perdiz

0,008

conejo

0,008

liebre

0,023

Por ejemplo, un productor que abata en su montería 20 ciervos y 10 jabalíes ¿qué cantidad tendría que aportar?

Tipo de animal

Nº de animales

Cuantía por animal

Aportación extensión de Norma

Ciervo

20

0,63

12,60

Jabalí

10

0,26

2,60

TOTAL APORTACIÓN

15,20 € + IVA

¿Cómo se hará la aportación?

El comercializador será el encargado de recaudar la cuantía de la Extensión de Norma correspondiente al productor. El comercializador está obligado a informar al productor a través de la factura de la cantidad correspondiente a la Extensión de Norma con el siguiente texto justificativo:

“Retención para la Extensión de Norma de ASICCAZA aprobada por Orden APM/109/2018 y publicada en el BOE nº 36 de fecha 9/02/2018” o en su versión abreviada “Orden APM/109/2018 sobre Extensión de Norma del sector de la carne de caza”.

¿Cómo sabrá ASICCAZA las cantidades recaudadas por los comercializadores a cada productor?

Una vez al mes cada comercializador final deberá remitir a ASICCAZA un cuadro resumen en el que se represente la siguiente información:

  • Fecha de la cacería
  • Número y denominación del coto de caza.
  • Provincia de ubicación del acotado
  • CIF del productor
  • Nº de animales recogidos por especie.
  • Cantidad retenida.

La Extensión de Norma y los comercializadores de carne de caza.

¿A qué están obligados los comercializadores de carne de caza?

Las salas de despiece que sean comercializadores finales tendrán la obligación de

  • Hacer su aportación correspondiente a la parte de la comercialización por especie de las siguientes cantidades en euros a las que habrá que sumar el 21% de IVA:

COMERCIALIZADORES

ESPECIE

Cantidad en €

ciervo

0,63

jabalí

0,26

gamo

0,31

muflón

0,06

corzo

0,35

perdiz

0,008

conejo

0,008

liebre

0,023

  • Retener a los productores las cuantías correspondientes a la parte de la producción.
  • Informar a ASICCAZA de las cantidades retenidas a los productores.
  • Ingresar a ASICCAZA las cantidades retenidas a los productores así como la cantidad correspondiente a su parte de comercialización.
  • En general a contribuir a la implantación y gestión de la Extensión de Norma, así como, a aportar la información solicitada para estos fines y de otras funciones que les sean asignadas con el objetivo del buen funcionamiento del sistema de recaudación de la Extensión de Norma.

Los comercializadores intermediarios ¿quiénes son? ¿a qué están obligados?

Un comercializador intermediario será todo aquel que traslade canales o piezas de caza del campo a una sala final que no sea la suya propia en cuyo caso pasaría a ser directamente comercializador final. Los centros de recogida serán siempre intermediarios. El comercializador intermediario está obligado a retener mediante factura al productor la parte de la extensión de norma correspondiente al productor y abonársela al comercializador final donde vayan destinadas las canales. El comercializador final repercutirá el 50 % de la cuantía de la parte comercializadora al comercializador intermediario repartiéndose al 50 % el pago de la parte de la comercialización. Además el intermediario enviara a ASICCAZA mensualmente un fichero con los siguientes datos:

  • Fecha de la cacería
  • Número y denominación del coto de caza.
  • Provincia
  • CIF del productor
  • Nº de animales recogidos por especie
  • Sala de despiece destino de los animales comercializados

Todas las retenciones de la extensión de norma podrán realizarse siempre y cuando quede constancia en la factura correspondiente a la transacción con el texto justificativo:

“Retención para la Extensión de Norma de ASICCAZA aprobada por Orden APM/109/2018 y publicada en el BOE nº 36 de fecha 9/02/2018”.

¿Cómo afectará a la Extensión de Norma las canales que se recojan en Portugal?

Los comercializadores que recojan o reciban canales de Portugal sólo tendrán que aportar la cuantía correspondiente a la parte comercializadora.

¿Dónde se deberá ingresar el dinero recaudado y aportado para la Extensión de Norma de la carne de caza?

A una cuenta habilitada única y exclusivamente para este fin por ASICCAZA, debidamente auditada, y controlada por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Además los recursos de esta cuenta no podrán ser utilizados para otros fines que los expuestos en la memoria de la Extensión de Norma y en la correspondiente Orden del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con la Ley 38/1994, de 30 de Diciembre.

¿Serán confidenciales los datos que tenga ASICCAZA sobre los productores y comercializadores finales?

Sí toda la información generada como consecuencia de la Extensión de Norma de la carne de caza de España será confidencial, únicamente será manejada por el personal responsable del seguimiento y control de la Extensión de Norma y por la Comisión de Seguimiento. Además se aplicará la Ley Orgánica 15/99 del 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal para su tratamiento.

¿Cuándo ingresará el comercializador final el dinero recaudado a ASICCAZA?

Cada mes ASICCAZA emitirá una factura a cada comercializador final por las cantidades retenidas a los operadores finales y comercializadores durante el período correspondiente.

El ingreso del importe de la factura en la cuenta de ASICCAZA habilitada para tal fin, se efectuará a 15 días fecha factura, bien girando un recibo bancario desde la Organización Interprofesional, o bien mediante la orden de una trasferencia a favor de ASICCAZA, por parte de la sala de despiece.

En caso de detectarse algún fraude o anomalía ¿qué se hará?

ASICCAZA aplicará el régimen sancionador contemplado en la Ley 38/1994 que regula las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

¿Cuánto dinero se estima que se va a recaudar con la Extensión de Norma?

A partir de los datos de ASICCAZA de la comercialización de las distintas especies cinegéticas se podrían llegar a recaudar alrededor de 270.000 €, 135.000 € correspondiente a la rama productora y 135.000 a la rama comercializadora.

¿En qué se va a invertir este dinero?

De acuerdo con la Ley 38/1994, de 30 de Diciembre, que regula a las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, el dinero recaudado y depositado en una cuenta bancaria habilitada sólo para este fin, no podrá ser utilizado para otros fines que los expuestos en la Orden publicada por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y en la Memoria justificativa y económica relativa a la solicitud de Extensión de Norma del sector de la Carne de Caza de España, durante el periodo 2018-2022, para:

  1. Llevar a cabo actuaciones que permitan mejorar el conocimiento, la eficiencia y la transparencia de los mercados, en especial mediante la puesta en común de información y estudios que resulten de interés para sus socios.
  1. Desarrollar métodos e instrumentos para mejorar la calidad de los productos en todas las fases de la producción, la transformación, la comercialización y la distribución.
  1. Promover programas de investigación y desarrollo que impulsen los procesos de innovación en su sector y que mejoren la incorporación de la tecnología, tanto a los procesos productivos como a la competitividad de los sectores implicados.
  1. Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.
  1. Promover la eficiencia en los diferentes eslabones de la cadena alimentaria mediante acciones que tengan por objetivo mejorar la eficiencia energética, reducir el impacto ambiental, gestionar de forma responsable los residuos y subproductos o reducir las pérdidas de alimentos a lo largo de la cadena.
  1. Diseño y realización de acciones de formación de todos los integrantes de la cadena para garantizar la competitividad de las explotaciones agrarias, empresas y trabajadores, así como la incorporación a la cadena de jóvenes cualificados.
  1. Desarrollar e implementar la formación necesaria para la mejora de la cualificación profesional y empleabilidad de los profesionales de los sectores agroalimentarios.

Tras un proceso previo de consulta popular y las propuestas concretas de la comisiones de especialistas de ASICCAZA, la Asamblea de la interprofesional decidirá los proyectos concretos de interés general que se desarrollarán sobre cada uno los objetivos.


Además se destinará una cantidad para la implantación, seguimiento y control de la Extensión de Norma.

¿Cómo se sabrá en qué se invierte el dinero recaudado a través de la Extensión de Norma de la carne de caza?

En esta web  se pueden consultar todas las acciones realizadas con los fondos procedentes de la Extensión de Norma.